NOTA PREVIA INFORMATIVA BESABIA SALUD FAMILIA 2020
Denominación social de la empresa contratante y forma jurídica. Dirección social:
Nueva Mutua Sanitaria del Servicio Médico, Mutua de Seguros a Prima Fija, provista de C.I.F. V-86444965, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo 29.864, Folio 40, Sección 8, Hoja M-537332) y en el Registro de la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones (clave M-380) con domicilio en calle Villanueva 14, cuarta planta 28001 Madrid – España.
Legislación aplicable y Estado Miembro de Control:
Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (la “Ley de Contrato de Seguro”) y la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Así como las demás disposiciones legales y reglamentarias españolas que sean aplicables y por lo convenido en la propia Póliza. El estado miembro de control es España.
Nombre del producto
BESABIA SALUD FAMILIA
Tipo de seguro
Seguro de asistencia sanitaria completa que se presta a través de un Cuadro Médico nacional. Libertad de elección de prestador/facultativo entre los que figuran en el Cuadro Médico. La edad máxima de contratación son 65 años. No hay edad límite de permanencia en la Póliza. Seguro tanto para particulares como para colectivos.
Cuestionario de salud
Declaración realizada y firmada por el tomador o asegurado antes de la formalización de la póliza para la valoración del riesgo que es objeto del seguro.
Descripción de las garantías y opciones ofrecidas. Garantías accesorias
Instancias de reclamación
Nueva Mutua Sanitaria, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, dispone de un Servicio de Atención al Cliente (SAC) al que pueden dirigirse los tomadores, asegurados, beneficiarios, o causahabientes de cualquiera de los anteriores para presentar cualesquiera quejas y reclamaciones relacionadas con esta Póliza, para lo cual Nueva Mutua Sanitaria pondrá a disposición de éstos en sus oficinas impresos para la formulación de las mismas. Las quejas o reclamaciones, que deberán formalizarse por escrito, habrán de dirigirse al SAC por cualquiera de los siguientes medios:
El SAC acusará recibo por escrito de las mismas y las resolverá de forma motivada y en el plazo máximo legal de un mes, contado desde la fecha de presentación de la queja o reclamación.
Asimismo, podrán dirigirse por escrito, al Defensor del Cliente “D.A. Defensor, S.L.”, calle Velázquez 80, 28001 Madrid, teléfono 913 104 043, fax 913 084 991, e-mail reclamaciones@da-defensor.org.
En caso de disconformidad con lo resuelto por cualquiera de las instancias anteriores, o si no han obtenido respuesta en el plazo de un mes, podrán interponer reclamación o queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Para ello deberán acreditar que ha transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la reclamación o queja ante el SAC o el Defensor del Cliente, sin que estos hubieran resuelto, o cuando haya sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición.
Sin perjuicio de las anteriores actuaciones, los interesados en todo caso podrán ejercitar las acciones que estimen oportunas ante la jurisdicción ordinaria.
Factores objetivos que afectan a la tasa de la prima en las renovaciones:
Las actualizaciones de Primas y franquicias se realizarán en virtud del resultado global del colectivo Besabia Salud Familia y en base a:
Condiciones de resolución del contrato y renuncia a la oposición a la prórroga por parte del asegurador en las renovaciones:
Cualquiera de las partes podrá oponerse a la prórroga mediante notificación escrita a la otra, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del periodo del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador y de dos meses cuando sea el asegurador.
El Asegurado pierde el derecho a la prestación garantizada en los siguientes casos:
Tarifas generales 2020 nueva producción:
Primas por tramos de edad para 2020:
Tramos de edad | Prima/mes |
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0-25 | 30€ |
26-34 | 35€ |
35-44 | 44€ |
45-54 | 56€ |
55-65 | 79€ |
Descuentos 2020:
Se establecen para 2020 descuentos especiales a familias con los siguientes requisitos:
Las siguientes primas son tarifas planas por la unidad familiar, Plan Familia*, en caso de incorporación a la póliza de un nuevo asegurado durante el periodo de vigencia del seguro, se aplicará la prima de nueva producción correspondiente al tramo de edad de aplicación.
PLAN FAMILIA* 2020 | |
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BESABIA FAMILIAS | |
Familia sin hijos | 84€ |
Familia + 1 hijo | 117€ |
Familia + 2 hijos | 150€ |
Familia + 3 hijos | 176€ |
Familia + 4 hijos | 200€ |
Familia + 5 hijos | 222€ |
Para el caso de Familia Monoparental* se establece el siguiente requisito: Padres o madres que no superen los 55 años y familia monoparental cuya edad media no supere los 35 años.
Las siguientes primas son tarifas planas por la unidad familiar, Familia Monoparental*, en caso de incorporación a la póliza de un nuevo asegurado durante el periodo de vigencia del seguro, se aplicará la prima de nueva producción correspondiente al tramo de edad de aplicación.
PLAN FAMILIA MONOPARENTAL* 2020 | |
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BESABIA FAMILIA MONOPARENTAL |
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Padre/Madre + 1 hijo | 65€ |
Padre/Madre + 2 hijos | 90€ |
Padre/Madre + 3 hijos | 115€ |
Padre/Madre + 4 hijos | 142€ |
Padre/Madre + 5 hijos | 169€ |
Padre/Madre + 6 hijos | 198€ |
A todas las primas hay que añadir el 0,15% en concepto de impuestos.
Coste de servicios especiales, franquicias: